El pacto firmado por parte de los partidos políticos en 1998 contra el transfuguismo , demostro ser un mero conjunto de intenciones , cuyo incumplimiento por diversos factores fue más que patente ; con el definitivo fracaso del mismo, a pesar de la actual normativa .Para evitar , el transfuguismo se deberian contemplar una serie de normas de obligado cumplimiento interno dentro de las formaciones políticas de cara a su representación en los diversos estamentos de representación política.
Partiendo por un explícito compromiso de carácter ético, de que todos los candidatos de una formación política , coalición etc..deberán firmar ; compromiso, pudiendo ser el mismo ante notario, y que en el que en caso de abandono de la formación política por la cual fue elegido en las urnas , para representar a la misma en las diferentes instituciones, ( valga también ello para los independientes que se presenten en las listas de un partido político ), en favor suyo o de otros para dar su apoyo político a los mismos en perjuicio de aquellos con los que se presentó , renuncie al puesto para el cual fue elegido, , ( concejal, parlamentario,...) ,en favor del siguiente miembro de la lista del partido político de la cual fue designado como candidato ,y elegido en las urnas por sus votantes , no pudiendo ejercitar dicho cargo como independiente , y en caso de incumplimiento lo que la justicia pueda dictaminar , contemplando esta última decisión, en el caso de que esta propuesta u otra , pudiera convertirse en ley . Otras normas de regulación de funcionamiento interno y de su cumplimiento será potestad de su ámbito político (formación política , )Dicha propuesta, que en el año 2009 , ya puse de manifiesto a raíz del caso de Benidorm, siendo la misma publicada, y que con otras normas que se puedan llegar a dar, pueden llegar a evitar el problema del transfuguismo , plasmándolo en una ley.